viernes, 21 de octubre de 2011

TEMA 2. LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL. La revolución agrícola. Dos visiones distintas.


Aquí os dejo dos textos relacionados con un mismo tema, la “Ley de Cercamientos o “Enclosure Acts” aprobadas por el Parlamento inglés a finales del siglo XVIII y que supusieron un cambio radical en el paisaje agrario inglés y en el sistema productivo, elevando notablemente la productividad del suelo, y, como ya hemos visto, sería uno de los pilares básicos para el posterior desarrollo industrial inglés.

El primer texto muestra la visión de un burgués inglés, intelectual y crítico, realizó un estudio de la situación de la agricultura inglesa para la Comisión de Agricultura del Parlamento inglés y fue un defensor de los cercamientos como medio para privatizar y concentrar las tierras y modernizar los campos.
“Cercamiento. Son tales y tantos los beneficios y ventajas que se podrían derivar de un total cercamiento de las common lands (tierras comunales) que me es imposible describirlos o enumerarlos. Daría la oportunidad de separar las tierras áridas de las húmedas, la de desecar estas últimas, la de abonar las zonas agotadas, y todo ello podría producir inestimables resultados; el nuevo ordenamiento permitiría, con la ayuda de hábiles ganaderos, la cría de ovinos y bovinos de raza mucho mejor que las que se ven habitualmente en estas zonas, en donde hay animales miserables y medio muertos de hambre. Teniendo al ganado en zonas cercadas se conseguiría mantener a un número mayor con la misma cantidad de alimento. Su costumbre de vagar y de moverse no sólo destruye la hierba con sus pisadas, sino que también los reduce a huesos y piel. Y ello en la actualidad hace necesaria la presencia de un pastor que los meta y los saque del establo. De otro lado, y mediante este sistema, el ganado podría rendir a la comunidad y a los individuos cien veces más de lo que los hacía hasta ahora, antes de los cercamientos. Por último y fundamental aspecto, se podría proteger al ganado de la peste, esa mortal enfermedad que hace terribles estragos en nuestros rebaños. Hay que añadir que ese abastecería mejor de carne de buey y de cordero a los mercados y que el precio de estos géneros se reduciría considerablemente.
 Pocos años después de haber llevado a buen término estos primeros y temporales esfuerzos, y cuando todo el conjunto estuviese organizado en un sistema agrícola regular, se podría alimentar y dar trabajo a una población notablemente aumentada.”
John Middleton. View of the agriculture of Middlesex. 1798.

El siguiente texto corresponde a un fragmento de una carta enviada al Parlamento en la que figuran una serie de peticiones mientras se está discutiendo en el parlamento inglés las leyes sobre los cercamientos. Muestra la visión de los perjudicados por los cercamientos, en este caso los ganaderos de la región, que van a perder el derecho a que sus ganados pasten libremente por los campos ya cosechados, lo que supone un incremento del gasto para ellos ya que van gastar más en alimentar a sus ganados. Esta visión contraria a los cercamientos se corresponde también con la vista en clase en el documento 6 (pg.34).

“Los demandantes piden poder exponer a la Corte de justicia en base a los siguientes hechos:
Que con el pretexto de hacer mejorías en las tierras de propiedad de la citada parroquia se privará a los campesinos sin tierra y a todas las personas que tienen derechos sobre las common lands que se pretenden cercar, del indispensable privilegio del que actualmente gozan, es decir, de que sus bueyes, terneros y ovejas puedan pacer a lo largo y a o ancho de dichas tierras. Este privilegio no sólo les permite mantenerse a ellos y a sus familias en medio del invierno, sino que también les permite entregar a los ganaderos partidas de animales jóvenes y delgados a un precio razonable, para luego engordarlos y venderlos en el mercado a un precio más moderado; y este sistema se considera como el más racional y eficaz para asegurar el abastecimiento público de géneros de primera necesidad a precios más bajos. Los demandantes consideran además que el resultado más desastroso de este cercamiento será la casi total despoblación de su ciudad, ahora llena de trabajadores orgullosos y fuertes que, al igual que los habitantes de otras parroquias «abiertas», son el vigor y la gloria de la nación, el sostén de su flota y de su ejército. Bajo el empuje de la necesidad y de la falta de trabajo, se verán obligados a emigrar en masa hacia las ciudades industriales, en donde la naturaleza misma del trabajo en el telar o en la fragua reduciría pronto su vigor, debilitaría a su descendencia y podría hacerles olvidar poco a poco ese principio fundamental de obediencia a las leyes de Dios y de su país que constituye el carácter peculiar de esos sencillos y fieros campesinos que es fácil encontrar en las zonas de los open fields y de los que en gran medida dependen el orden y la tranquilidad del Estado. Según los demandantes, éstos son algunos de los daños que se podrán derivar de las previstas medidas que les afectarán como individuos, pero que tendrán consecuencias en toda la comunidad. Ya se han comprobado estos daños en muchos otros casos de cercamientos, y ellos opinan que presentando el problema al Parlamento (que constitucionalmente es protector y patrono de los pobres) sus derechos no podrán dejar de ser tutelados frente a la ley en discusión.

Petición de pequeños propietarios de tierras y personas con derechos de servidumbre activa sobre las common land. En Raunds, Northamptonshire. Commons Journal, del 19 de julio de 1797.

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